CONDICIONES Y RESTRICCIONES GIFT CARD EBBA
De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 1, el numeral 1.3. del artículo 3 y el artículo 23 de la ley 1480 de 2011 , los consumidores tienen el derecho a recibir la información adecuada, clara, completa, veraz, transparente, oportuna, suficiente, verificable, comprensible, precisa e idónea que les permita tomar decisiones de compra de bienes o servicios de manera fundada. En ese propósito, el numeral 1 del artículo 37 de la citada ley obliga a quien realiza la gestión de venta a informar al consumidor de manera suficiente, anticipada y expresa sobre la existencia, efectos y alcance de las condiciones generales que se señalan en el contrato o modalidad de venta. Las condiciones y políticas para la comercialización de bienes y servicios mediante el mecanismo de Gift Cards a través de nuestras tiendas físicas, se enmarcan en los lineamientos e instrucciones generales establecidos por la Superintendencia de Industria y Comercio en la Circular Externa No. 006 del 28 de noviembre de 2014, y demás disposiciones emanadas de esa entidad que resulten aplicables. Este documento tiene el propósito de informar al cliente los términos y condiciones que se encuentran al reverso de la tarjeta:
- Los bonos regalo son documentos, que representan un valor nominal fijo en dinero, el cual puede redimirse parcial o total por el valor de la compra, en cualquiera de las tiendas EBBA BY KRITTERIUM a nivel nacional.
- La compra de los bonos regalo se realiza en cualquiera de las tiendas EBBA BY KRITTERIUM a nivel nacional.
- El pago del bono regalo lo debe hacer personalmente el cliente, en cualquiera de los establecimientos EBBA BY KRITTERIUM, y puede ser cancelado en efectivo, tarjetas debito o crédito.
- El cliente podrá elegir el monto deseado en bonos, recargando con un mínimo de $50.000 hasta $500.000.
- El Establecimiento comercial está exento de entregar factura por la compra de bonos regalo, debido a que su importe no constituye un ingresos directo,
sino un recaudo temporal por cuenta de terceros, por lo tanto se expedirá un recibo de caja y en el momento en que el titular los redime, el bono regalo se expedirá la factura respectiva.
- El bono regalo NO es reembolsable parcial o totalmente, en dinero en efectivo.
- Los bonos tienen una vigencia de un año a partir del día de su compra. Posterior al vencimiento se operara el fenómeno de la caducidad, con las siguientes consecuencias: No habrá obligación del emisor de reponer y/o reemplazar el bono; No habrá obligación para el emisor de devolver el importe del bono; Operada la caducidad, el bono regalo no será exigible ni ningún establecimiento ebba by kritterium estará obligado a su redención.